¿Qué es la Ley Nº 29659?
Muchos no tienen ni idea de lo refiere la Ley 29659, aunque sí, pudiera que solo tuvieran una idea por lo que le contaron o por ahí le explicaron, en ese caso yo no tengo la disposición de estar narrándoles sobre esta ley, ya que es muy posible que contamine la información con mi perspectiva, por lo que solo voy a transcribirla tal y como es:
LEY 29659
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
La comisión permanente del
Congreso de la República;
Ha dado la Ley siguiente:
LA COMISIÓN PERMANENTE DEL
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE CREA LA UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLÓGICA DE
SAN JUAN DE LURIGANCHO
Artículo 1º.- Creación de la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho.
Créase la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho, en el distrito del mismo nombre, provincia y departamento de Lima, como persona jurídica de derecho público interno sobre la base de la sede de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, ubicada en el kilómetro 10.5 de la avenida Wiese, en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, donde funciona el Centro Pre-universitario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.
Artículo 2º.- Fines de la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho.
Son fines de la Universidad Nacional de San Juan de Lurigancho los establecidos en la ley número 23733, Ley Universitaria, así como las siguientes:
1. Contribuir al crecimiento económico del distrito y al desarrollo de los valores de la justicia, solidaridad y respeto a las múltiples tradiciones, orígenes, lenguas y culturas en la población joven del distrito de San Juan de Lurigancho.
2. Formar habilidades y capacidades profesionales para conseguir mejorar en la productividad del trabajo y posibilitar la mejora de los ingresos de la población.
3. Fomentar el aprendizaje de la ciencia y la tecnología para el desarrollo de proyectos productivos, empresariales y de beneficio para la comunidad y el país.
4. Los fines propios que corresponden o las carreras profesionales que se desarrollen.
Artículo 3º.- Carreras Profesionales
La Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho ofrece las siguientes carreras:
1. Ingeniería Mecánica.
2. Ingeniería Industrial.
3. Contabilidad.
4. Ingeniería Informática y Sistemas.
5. Administración.
Artículo 4º.- Rentas de la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho.
Son rentas de la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho las siguientes:
1. La actual partida consignada en el presupuesto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, destinada para el funcionamiento de la sede del distrito de San Juan de Lurigancho.
2. Las que le asigne el Gobierno Central mediante las respectivas partidas presupuestales, cuando tengan la autorización de funcionamiento.
3. Las provenientes de las donaciones y legado que reciba conforme a las disposiciones legales vigentes.
4. Las rentas de bienes propios y las que resulten de su funcionamiento.
5. Las transferencias que pueda recibir de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que ejerce funciones de gobierno regional, del gobierno local, de otros entes descentralizados y de la cooperación internacional.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
PRIMERA.- Traslación del dominio
Transfiérese a la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho, en calidad de dominio, el terreno de cuarenta mil cuadrados (40 0002) cedido en afectación en uso de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, ubicado en el kilómetro 10.5 de la avenida Wiese en el distrito de San Juan de Lurigancho, y la infraestructura construida.
SEGUNDA.- Comisión organizadora
Facúltase el Poder Ejecutivo para designar, mediante el Ministerio de Educación, a la comisión organizadora de la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho, de conformidad con lo prescrito con la Ley número 26439, Ley de Creación del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (Conafu), que faculta su funcionamiento acorde con su Proyecto de Desarrollo Institucional(PDI).
TERCERA.- Proyecto del Desarrollo Institucional (PDI)
Autorízase a la alianza estratégica de las universidades: Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Universidad Nacional Agraria La Molina y Universidad Nacional de Ingeniería, para elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) y formular el proyecto de la nueva infraestructura.
CUARTA.- Presupuesto de la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho
Una vez que la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho cuente con la organización, conforme a lo normado por la Ley número 23733, Ley Universitaria, de conformidad con su Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) y la ley del presupuesto del sector público para el año fiscal respectivo.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los catorce días del mes de enero del dos mil once.
CESAR ZUMAETA FLORES
Presidente del Congreso de la República
ALEJANDO AGUINAGA RECUENCO
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en el distrito de San Juan de Lurigancho , provincia de Lima, a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil once.
ALAN GARCÍA PEREZ
Presidente Constitucional de la República
JOSE ANTONIO CHANG ESCOBEDO
Presidente de Consejo de Ministros y Ministro de Educación
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